miércoles, 27 de junio de 2007

Elecciones de la Directiva de la Asociación de Propietarios de Arboretum

Conforme con los Estatutos de la Asociación de Propietarios de Arboretum, la Comisión Electoral ha determinado fecha y lugar para la elección de la directiva.

Lugar : Sala Sur (subterráneo) - Club Old Grangonian
Fecha : sábado 4 de agosto del 2007
Horario : 8:30-16:30
Duración : 8 horas ininterrumpidas.

¿Quiénes pueden votar?

Vota el propietario(a) de casa o sitio que se encuentre inscrito en el libro de propietarios. Si algún vecino no está inscrito o no recuerda su inscripción puede pedir a Don Eduardo de las Heras para que lo inscriba o le aclare este punto según sea el caso.

¿Quiénes no pueden votar?
  • No podrán votar personas no inscritas en el libro de propietarios.
  • No pueden votar personas que no sean prpietarios
  • No pueden votar personas por encargo
  • No pueden votar propietarios que no se encuentren, a la fecha de la elección, con sus cuotas al día.

Nueva Directiva.

El mismo día sábado, finalizadas las votaciones se contarán los votos uno a uno y terminado el conteo sabremos los nombres de nuestra directiva. El conteo es público. Además se publicará en el blog de Arboretum y en la pizarra de la entrada.

Estimados Vecinos, es muy importante que contemos con representates ante el Municipio y ante cualquier eventualidad nuestra voz sea escuchada.

Esperamos su participación activa.

COMISIÓN ELECTORAL

lunes, 25 de junio de 2007

Nuestra tranquilidad, nuestro mayor tesoro...

Una imagen vale más que mil palabras, reza el dicho; nuestra opción fué la tranquilidad, el aire limpio, la naturaleza... y a eso no estamos dispuestos a renunciar.


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En nuestras calles la tranquilidad abunda...

















Nuestro parque es hermoso...

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De lo que escapamos...
 Vista de Santiago, solamente se ve la cima del cerro San Cristóbal

domingo, 24 de junio de 2007

Propuestas de compensación de los impulsores del Templo Bahai: ¿Un salvavidas de plomo?

Respecto de la eventual propuesta de medidas de mitigación que ofrecerían los impulsores del Templo Bahai tendientes a compensar el impacto invasivo que tendría el proyecto, cabe señalar lo siguiente:

Los vecinos del loteo optamos por vivir en Arboretum, habiendo tenido la opción de comprar casa en La Dehesa o Los Dominicos. No estamos en contra del proyecto Templo Bahai por razones religiosas o porque “no nos gusta”. Estamos por defender nuestra opción de vida y a diferencia de los impulsores del Proyecto Templo Bahai, léase abogados, arquitectos, asesores, Directiva del Club de los Old Boys, etc., que están haciendo un negocio, nosotros vivimos en el loteo y seríamos los directamente afectados por el proyecto, que altera las reglas del juego de tal forma que sufriremos directamente las consecuencias. Los demás estarán lejos de aquí, no se afectará su opción de vida y si los topamos en alguna parte, a lo más nos pedirán disculpas pero el daño ya estará hecho.

En este contexto, el proyecto parte del “supuesto base” que el control de acceso al loteo se mantendrá, en similares características como las actualmente existentes, incluso reforzadas, aunque no sabemos como se concilia ello con la disposición de la Municipalidad a que el Templo sea rodeado por un “parque público”. Aparentemente, sólo parece una cuestión de "negociar" la cantidad de guardias, mantención de los jardines, etc.

No obstante, el "supuesto base" es utópico. En efecto, una vez recibido un loteo, las calles pasan a ser "bienes nacionales de uso público", en virtud del artículo 135 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Una vez que tienen esa condición, son de aquellos bienes que pertenecen a la Nación toda, sin posibilidad alguna de limitar los accesos o el goce de tales bienes.

Cuando los usuarios de un "bien nacional de uso público" están muy delimitados, como ocurre en un "pasaje", la Autoridad permite que se puedan cerrar, lo cual importa un cierto "control de acceso", aún cuando jurídicamente, si cualquier persona quiere entrar o transitar por ese bien, podrá hacerlo.

En el caso del Loteo, la calle Arboretum Sur ha funcionado en un esquema de "pasaje", por cuanto la Municipalidad entiende que el acceso es "terminal", en el sentido que las calles interiores no comunican con otras calles hacia el exterior. Esto ha funcionado, sin que nadie lo impugne, dado que no hay opositores, al igual que en la gran mayoría de los loteos de La Reina y Peñalolén, que tienen la misma regulación.

Sin embargo, cuando esté funcionando el Templo Bahai, aunque pongan mil guardias, los accesos al loteo se convierten en una instancia de tránsito a otro lugar. Por ende, no hay modo alguno que puedan controlarse los accesos a un bien nacional de uso público. Cualquier persona que diga que se dirige a ese Templo podrá entrar, con o sin el consentimiento de los guardias.

Una vez que entre por calle Arboretum Sur,
toda persona podrá usar y gozar de las áreas verdes públicas del loteo, las que, según el mismo 135 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, también pasan a ser "bienes nacionales de uso público".

En resumen, cualquiera sea el acuerdo que se alcance con la comunidad Bahai, es completamente antijurídico si menoscaba el carácter de "bien nacional de uso público", que pertenece a la Nación toda. Por lo tanto, ¿cómo se pretendería "controlar" el acceso a determinadas personas, siendo que ni siquiera se podrá limitar el horario de acceso por la noche?. El tema tiene muchas más aristas jurídicas que las que se piensan a primera vista.

El modo de usar o gozar de los "bienes nacionales de uso público" no depende de acuerdos entre privados. Más aún, ni siquiera la Autoridad Pública puede disponer libremente de tales bienes, puesto que se trata de una naturaleza de bienes regulados por la Constitución Política, a favor de la Nación toda.

Todavía más, verdaderas medidas de mitigación que satisfagan a los vecinos implican resolver plenamente los puntos indicados en nuestra carta a la CONAMA, tales como la construcción de una vía expresa previa a la construcción del Templo (continuación de Grecia y desvío al Norte hacia el templo por ejemplo) que también sea la vía de acceso al proyecto en operación, el manejo de residuos sólidos de los servicios sanitarios que se construyan para el Templo y anexos –no suficientemente explicitados en el EIA-, enfrentar los riesgos de inundación asociados a la quebrada Nido de Águila, etc.

¿Y qué pasará con la diversidad de aves de distintos colores que nos acompañan, que dejarán de cantar, de trinar y de despertarnos en las mañanas si es que hace el proyecto?. ¿Quién nos compensará por ello?.

Y a todo ello hay que agregar un impacto que no se puede mitigar porque la sóla existencia del Templo impide conservar el entorno: Hay quienes podrán decir que la comunidad de Peñalolén gana con el parque que rodeará al Templo, en desmedro de los vecinos de Arboretum,
pero casi 7 millones de santiaguinos (peñaloleninos inclusive) perderán en la medida que un “tulipán gigante” de 30 metros nos cortará la vista a la cordillera a medida que nos acerquemos al Oriente.

Cuidado con las promesas que tienen el objetivo de cambiar nuestra opción de vida y de compensar la pérdida de algo artístico e incalculable.
Leonardo Suárez
Vecino de Arboret
um

sábado, 9 de junio de 2007

Postura entregada por Julio Campos a la Conama el 06.06.2007

Estimados vecinos

En relación a los e-mails que han circulado últimamente y habiendo sido uno de los primeros en crear esta de red de comunicación entre vecinos me gustaría comentar lo siguiente:

Al conocer la noticia de la instalación del templo Bahai en terrenos del Club Old Grangonian he estado disponible para participar en todas las reuniones que se han organizado para informar y coordinar cursos de acción entre los vecinos del loteo.

De la reunión en que se presentó el proyecto por parte de los miembros de esta comunidad en Chile quede muy preocupado por el excesivo sesgo positivo con que se presento el proyecto y un tanto decepcionado al saber que habían existido reuniones previas de algunos vecinos del loteo, de las cuales al menos yo no había tenido conocimiento, en las que ya se había acogido positivamente este proyecto.

Esto me motivo a investigar más sobre el tema y a trabajar para convocar al mayor número posible de vecinos a las reuniones de información y coordinación de acciones respecto del proyecto.

Mi propósito jamás ha sido crear una campaña de desinformación y generar odiosidades como se comenta sino todo lo contrario, informar responsablemente a todos, para que cada uno en conciencia y con adecuada información objetiva tome la mejor decisión y no basado en visiones sesgadas o promesas sin respaldo.

Es positivo pero también sorprendente enterarse que recién hoy, después de iniciado este proceso de información a todos los vecinos del loteo, los miembros de la comunidad Bahai estén solicitando autorización para implementar eventuales medidas de mitigación que fueron comprometidas hace varias semanas en la primera reunión informativa que tuvimos al respecto.

Sin embargo, creo que lo más positivo de esto puede ser si nos damos la oportunidad de recrear una asociación activa entre los vecinos del lote, que convoque a todos sin exclusiones y que permita lograr relaciones cada vez mas fuertes entre nosotros y mejorar la calidad de vida de todas aquellas familias que deseamos seguir viviendo en este lugar. Es pero que el entusiasmo y energía que muchos me han demostrado a mi y mi señora perdure.

Les recuerdo que el estudio de impacto ambiental no reconoce impacto alguno sobre los residentes del loteo arboretum y el plazo para presentar observaciones a la Conama vence este viernes.

Este es un proceso de participación ciudadana e independiente de la posición que se tenga respecto del proyecto es la única instancia formal para solicitar la corrección del estudio de impacto ambiental del proyecto de modo que reconozca los efectos negativas que tiene para los residentes del loteo. ( En caso que aun no tengan formulario solicitar copia a don Eduardo Las Heras 2783484 u Ornella Emperiale 96055645)

Saludos

Julio Campos

viernes, 8 de junio de 2007

Comunicado de Leonardo Suárez a los Vecinos de Arboretum

Apreciados vecinos, les envío las implicaciones de transar terrenos sobre la cota 900 msnm en Peñalolén:

Con respecto a la venta de los terrenos del Club a la Comunidad Bahai:

Cabe destacar que según el extracto del estudio de Evaluación de Impacto Ambiental publicado en el Diario Oficial, el proyecto se pretende emplazar en una fracción de aproximadamente 10 hectáreas, que se subdividirían del actual predio en que se emplaza el Club de Golf Old Grangonians, que sería el Lote G-Hijuela del Fundo San Luís de Peñalolén, de aproximadamente 90 a 100 hectáreas.

Sin embargo, en el estudio de impacto ambiental se “omite” toda referencia a este tema.

Respecto a la venta de tan sólo una parte del terreno de 100 Hás.

Conforme se establece en el artículo 8.3.1.1 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, las áreas de preservación ecológica no admiten división predial.

El inciso final, del artículo 8.3.1.1 del Pan Regulador Metropolitano dice:
En las áreas de preservación ecológica, no se permitirán divisiones prediales

Por lo tanto, el eventual comprador de los terrenos de arriba sabe que el uso del suelo es limitado.

Respecto de la ampliación del límite de construcción a la cota 1.000:

Todos los vecinos compramos aquí a sabiendas del riesgo de que se pueda ampliar el límite desde la cota 900 a la cota 1.000, lo cual efectivamente es una amenaza, pero incluso puede ser una oportunidad. Sin embargo, desde hace 20 años que se escucha esa amenaza y hasta ahora no pasa nada. Al respecto lo siguiente:

1) La ampliación del límite a 1.000 m. está supeditado a la construcción del camino Pie Andino por Peñalolén, que aún está "verde". Se creía que en los 90' se podía construir, pero siempre han habido otras prioridades para la autoridad.

2) El que se construya el camino Pie Andino -cuyo trazado pasa por los terrenos del Club- no garantiza que se amplie el límite.

3) La decisión de incrementar el límite puede darse le año 2012 o el año 2085. Hasta ahora, no hay nada concreto.
4) Mientras la regla fiscal -aunque se relaje como se hizo recientemente- persista, habrán límites al gasto público y esta vía Pie Andino no es elegible como prioridad en el listado de la autoridad, más aún cuando difícilmente sea concesionada, dado que el flujo que generaría implicaría un TAG impagable. por lo tanto, tampoco se vislumbran recursos estructurales -que serían asignados a otras prioridades- para financiar el Camino Pie Andino en el mediano y largo plazo, lo que aleja la probablidad de que amplíen el límite.

5) Cuando la ampliación del límite se apruebe aunque sea en el largo plazo, habrá que evaluar las reacciones y las medidas pertinentes, en función del nuevo Plan Regulador. Por ahora, nada pueden hacer los miembros del Club para cambiar el uso del suelo.

Sobre las implicaciones de construir en una zona ecológica

Tal como señalamos en la carta al Municipio, en el área de Preservación Ecológica -por encima de la cota 900 msnm- no se admitiría división predial.

Además, en el Área de Preservación Ecológica de la Región Metropolitana, sobre la cota 900 msnm en Peñalolén, donde se pretende emplazar el proyecto, se permite sólo el desarrollo de actividades de tipo científico, cultural, educativo, recreacional, deportivo y turístico con edificaciones mínimas e indispensables para su habilitación, conforme se establece en el artículo 8.3 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago.

El templo Baha´í se considera una actividad de culto, la que no está considerada en la normativa urbana del Plan Regulador Metropolitano de Santiago
.
Si desean construir el templo, tendrán que recurrir a un resquicio legal, que puede ser objetado.

Adicionalmente, las zonas de quebradas restringen los “usos de suelo” exclusivamente a: “áreas verdes, recreacional-deportivo, esparcimiento y turismo”, y siempre que no impliquen concentración masiva de personas, tal como expresa el inciso tercero, del artículo 8.2.1.1, sección a.1.3, del Plan Regulador Metropolitano de Santiago.

Pero el proyecto es de aquellos que importan una gran concentración masiva de personas.

La aprobación del anteproyecto transgrediría los artículos 57 y 58 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, lo que implica la nulidad automática de las autorizaciones y la destitución del funcionario que las hubiere otorgado.

Conclusiones:
  • Cualquier señal de la Municipalidad o de los vendedores de que hay alternativas -apocalípticas para los vecinos- al uso del suelo diferentes del destino "templo" no tienen asidero y tan sólo reflejan una "campaña del terror".
  • El Club no puede vender a cualquier persona, porque el uso del suelo está limitado para cualquier comprador.
  • La construcción del camino pie Andino y la eventual ampliación del límite a la cota 1.000 es algo totalmente incierto, puede ocurrir en 5 o en 100 años más y de concretarse, no necesariamente, la señal sería negativa.
  • Siempre pueden pasar por encima de la Ley como enm el caso de la planta de gas, pero el caso del Templo Bahai no es un tema de Estado o de seguridad nacional.
  • Hay bases jurídicas fuertes para seguir desarrollando iniciativas que impidan la venta y la construcción del Templo.
Mientras los Bahai no presenten una propuesta garantizada de mitigación y compensación -con fuerza jurídica- que sea aceptada por la casi totalidad de los vecinos y no se comprometan a impulsar el carácter privado del parque -y comprometan al Alcalde en esa disposición- seguiremos impulsando iniciativas destinadas a impedir la construcción del Templo, en todas las instituciones pertinentes relacionadas con el tema. Hay piso legal para ello.